El Programa de Apoyo al Emprendimiento Industrial destinado a pymes industriales, se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y está respaldado por el acuerdo de colaboración firmado con CESGAR y diez de las principales entidades de crédito: Abanca, BBVA, Banco Cooperativo español, Banco Sabadell, Banco Santander, Bankinter, CaixaBank, Kutxabank, Ibercaja y Unicaja.
Este nuevo programa de ayudas, dirigido a través de la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA), adscrita al Ministerio de Industria, y las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR), se dirige fundamentalmente a la
creación de nuevos establecimientos industriales y al
crecimiento y mejora de la competitividad de las empresas -pymes- industriales. Está dotado con 75 millones de euros para 2021-2023.
QUÉ APOYA:
La financiación de inversiones en nuevas instalaciones industriales o ampliación y mejora de la competitividad de las existentes, avaladas por las SGR, mediante la bonificación de los costes de la financiación (costes de financiación máximo de 200.000 EUR) que incluirán: la comisión de aval de las SGR, los intereses del préstamo y los gastos de estudio y apertura de la operación de aval y el préstamo.
El
importe total de la bonificación no podrá superar los
200.000 EUR.
EMPRESAS BENEFICIARIAS:
PYMEs cuya actividad se desarrolle en los sectores manufacturero y servicios a la industria:
- Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
- Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3 de la CNAE 2009 (E3831 y E3832).
- Actividades complementarias a la producción industrial (N8292, H5210, C3311-17, D3518-19 y E3600).
- Actividades de servicios a la industria (M7112, M7120).
PROYECTOS DE INVERSIÓN ELEGIBLES:
EMPRENDIMIENTO
Serán elegibles los proyectos de creación de nuevos establecimientos industriales dentro de los sectores indicados
en el apartado anterior, por parte de una PYME que haya sido creada o haya iniciado su actividad dentro de los 3 años anteriores a la fecha de formalización de la operación de financiación.
CRECIMIENTO
Serán elegibles los proyectos de inversión de PYME, aunque cuenten con más de 3 años de antigüedad
, dirigidos a un cambio de escala en la producción o mejora de su competitividad
, incluyendo: la creación de un nuevo establecimiento industrial, el traslado que implique crecimiento de capacidad y que no sea simplemente un cambio de localización, la ampliación de capacidad productiva tanto por creación de nuevas líneas como por ampliación de las existentes, cualquier mejora del sistema productivo para incrementar la competitividad, incluyendo entre otros aspectos como la mejora de la eficiencia energética o del impacto ambiental y la robotización y digitalización.
REQUISITOS:
Las operaciones tendrán que haber sido formalizadas entre el
1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.
El
plazo de la operación de préstamo y la de garantía asociada
no podrá ser inferior a 3 años ni
superar los 15 años, independientemente de que el reafianzamiento otorgado por CERSA a la operación sólo cubrirá los primeros
10 años de la vida de la operación.
El
importe de la garantía otorgada por la SGR no podrá superar
1.500.000 EUR y para operaciones de emprendimiento
750.000 EUR.
Las operaciones podrán tener períodos de carencia de hasta 3 años y deberán tener un calendario de amortización, quedando expresamente excluidas las operaciones que tengan formato revolving.